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Boletín/Newsletter Mayo 2014
 
 

NOVEDAD DEL MES


NOTAS INFORMATIVAS

Incidencia en las empresas del sector de los hidrocarburos a la hora de presentar el modelo 511, por el cual se deben indicar las diferentes notas de entrega expedidas por el procedimiento de ventas en ruta, regulado en el artículo 27 del Reglamento de los Impuestos Especiales.
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ÚLTIMAS NORMAS PUBLICADAS

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Normativa Foral
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NOVEDADES LEGISLATIVAS

 
Se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Orden HAP/865/2014, de 23 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013.

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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas

Corrección de errores de la Orden HAP/596/2014, de 11 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2013 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

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Cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas de 2014

Resolución de 20 de mayo de 2014, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2014 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.

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Modificación de la Directiva europea relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y consolidadas

Directiva 2014/56/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE que establece las condiciones para la autorización y el registro de las personas que realizan auditorías legales, así como las normas de independencia, objetividad y ética profesional que les son aplicables, y el marco para su vigilancia pública.

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Se modifica el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero

Real Decreto 285/2014, de 25 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero y el Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

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  FIDE ORGANIZA UNAS JORNADAS SOBRE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL MERCADO DE CARBURANTES EN ESPAÑA
  EL ACTO SE CELEBRARÁ EN IESE BUSINESS SCHOOL DE BARCELONA EL DÍA 17 DE JUNIO
   
 
     
 

El próximo 17 de junio tendrán lugar en IESE Business School de Barcelona unas jornadas organizadas por FIDE Asesores Legales y Tributarios para tratar de la situación actual en el sector de los combustibles en nuestro país.
El acto contará con la participación de D. Lenny Rodríguez, Sr. Analyst de Chevron Houston Texas; D. Rafael Catalá, Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento; D. Vittorio Colussi, Consejero Delegado del Banco Mediolanum; D. Francesc Jufresa, Abogado socio de Jufresa & Grasas Abogados Penalistas; y D. F. Javier Mena, Catedrático de Economía en ESADE Business School.
La presentación irá a cargo de D. Eduardo Espejo, Socio fundador de FIDE Asesores Legales y Tributarios.
Las jornadas comenzarán a las 9.30 horas y culminará con una comida a las 14.30 horas.

 
     
 
  ANÁLISIS NORMATIVO
 
 

Reglamento de la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
El Reglamento desarrolla el artículo 43 de la Ley 10/2010, que prevé la creación de un Fichero de Titularidades Financieras, y revisa el esquema institucional dedicado a la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, con un refuerzo de la Comisión mediante la ampliación de las instituciones en ella participantes y la creación de un nuevo órgano dependiente de aquella, el Comité de Inteligencia Financiera.

 
 
 

Comentarios a la Sentencia de la AN sobre el Tipo impositivo del Impuesto de Sociedades aplicable a empresas de reducida dimensión
La Sentencia versa sobre la aplicación del tipo impositivo que corresponde aplicar a una empresa cuya cifra de negocios no supere una determinada cantidad a efectos de que resulten aplicables los beneficios fiscales propios de empresas de reducida dimensión, es decir, aquellas cuyo importe neto de su cifra de negocios en el período impositivo anterior haya sido inferior a 10 millones de €.

 
 
  JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA
 
 

Productos intermedios sujetos al impuesto especial de bebidas alcohólicas
El TSJ de La Rioja desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra una Resolución del TEAR de 28-09-2012, relativa a liquidación girada en concepto de Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas Alcohólicas.
La deuda consiste en una sanción a una empresa licorera por no declarar una cantidad de productos intermedios sujetos al impuesto especial de bebidas alcohólicas puesto que durante los ejercicios de 2008 y 2009 no se justificó el destino de salida del depósito fiscal de la empresa con el modelo 555.
Dada la no justificación de la exención del producto, las irregularidades contables y las pruebas en contra, el Tribunal desestima la demanda.

 
 
 

Delito contra la Hacienda Pública: envío de alcohol en régimen suspensivo a empresas portuguesas
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz estima y estima en parte los recursos de apelación interpuestos por los declarados culpables contra la sentencia del juzgado de lo penal de Badajoz de 18/6/2013. La sentencia analiza hechos relacionados con la circulación intracomunitaria de productos objeto de impuestos especiales, que circulan en régimen suspensivo, sin que se haya acreditado que los alcoholes llegaran a un depósito fiscal en Portugal.

 
 
 

Procedimiento de ventas en ruta de Gas Licuado del Petróleo
Consulta de una empresa titular de un almacén fiscal de hidrocarburos, desde el que la oficina gestora correspondiente ha autorizado efectuar ventas en ruta de GLP mediante el procedimiento de suministros directos recogido en el artículo 27.4 del Reglamento de los Impuestos Especiales.
La cuestión planteada es sobre la posibilidad de acogerse al sistema de suministros directos recogido en dicho artículo, pero realizando
los suministros desde otro almacén fiscal en lugar de desde una fábrica o depósito fiscal.

 
 
 

Ultimación del régimen suspensivo y el sujeto pasivo del Impuesto sobre Hidrocarburos
La empresa consultante tiene como actividad principal la venta y suministro de gas natural licuado, que compra a propietarios del gas natural almacenado en depósitos fiscales. La compañía no almacena ni manipula el GNL, ni dispone de establecimiento, limitándose a comercializarlo. La venta al consumidor final puede efectuarse en el marco de un contrato de suministro.
La cuestión planteada es sobre si la ultimación del régimen suspensivo se produce a la salida del depósito fiscal o cuando la consultante factura el suministro al consumidor final. Y también sobre si el sujeto pasivo obligado a repercutir el Impuesto sobre Hidrocarburos es el titular del depósito fiscal o la consultante.

 
 
 

Recepción y almacén de vino en régimen suspensivo de impuestos especiales e IVA
Una bodega elaboradora de vino, inscrita como fábrica en el registro territorial de la oficina gestora de IIEE, ha dejado de elaborar vino y carece ya de existencias de vino a granel. Sus únicas existencias son actualmente de vino embotellado que adquieren a otras bodegas, que embotellan con las marcas y etiquetas de la consultante.
La consulta es sobre si la bodega puede recibir el vino embotellado en régimen suspensivo de impuestos especiales e IVA, si debe repercutir el IVA sus proveedores y si puede adquirir vino a granel y venderlo a clientes propios sin que el vino se reciba en su establecimiento y sin que se le repercuta IVA por la adquisición.

 
 
  ACTUALIDAD
 
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