NOTAS INFORMATIVAS |
Publicación del proyecto de Orden Ministerial por la que se regula el cumplimiento de la obligación de
llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación. |
|
Condiciones del entorno de pruebas habilitado por la AEAT para el suministro electrónico de apuntes contables bajo el nuevo SISTEMA SILICIE. |
|
Real Decreto 235/2018, de 27 de abril, establece métodos de cálculo y requisitos de información relativa a la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía en el transporte. |
|
ULTIMAS NORMAS PUBLICADAS |
Normativa Estatal |
|
Normativa Autonómica |
|
Normativa Interncional |
|
NOTICIAS FIDE |
FIDE imparte un curso sobre los Impuestos Especiales del Alcohol en ASEFAPI
|
|
FIDE participa en las Jornadas sobre Impuestos Especiales sobre el Alcohol en la sede de la Asociación Española de Fabricantes de Pinturas y Tintas de Imprimir en Madrid.
Eduardo Espejo, socio fundador de FIDE, ha impartido un curso sobre los productos sujetos a Impuestos Especiales sobre el Alcohol. |
|
NOVEDADES LEGISLATIVAS |
Modelos de declaración IRPF e Impuesto sobre el Patrimonio
|
|
Orden HAC/277/2019, de 4 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2018, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del IRPF, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos y por la que se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria. |
|
Documento Administrativo Electrónico Interno
|
|
Orden HAC/481/2019, de 26 de marzo, por la que se aprueban las normas de cumplimentación del documento administrativo electrónico interno y el modelo 525 «Documento de acompañamiento de emergencia interno», aplicables en la circulación de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación en el ámbito territorial interno. |
|
Marcas fiscales previstas para cigarrillos y picadura de liar
|
|
Orden HAC/484/2019, de 9 de abril, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 sobre marcas fiscales previstas para cigarrillos y picadura para liar, del Reglamento de los IIEE, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio. |
|
IRPF: actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales
|
|
Orden HAC/485/2019, de 12 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2018, los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. |
|
INTERNACIONAL |
IVA: entrega de plataformas de perforación marina autoelevables |
|
Procedimiento prejudicial planteado en el marco de un litigio entre una sociedad con domicilio social en Rumanía y las autoridades fiscales de dicho país sobre un asunto relativo a la entrega exenta de IVA de tres plataformas de perforación marina autoelevables a diferentes sociedades maltesas. El tribunal desea que se dilucide si las plataformas de perforación marina autoelevables de este tipo están amparadas por la exención establecida en el artículo 148, letra c), en relación con el artículo 148, letra a), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del IVA. |
|
Labores del tabaco
|
|
Petición de decisión prejudicial que tiene por objeto la interpretación del artículo 4, apartado 1, de la Directiva 2011/64/UE del Consejo, de 21 de junio de 2011, relativa a la estructura y los tipos del impuesto especial que grava las labores del tabaco. |
|
|
NOVEDAD DEL MES |
Programa formativo de FIDE sobre el funcionamiento del SILICIE |
Debido a la entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2020 del nuevo Sistema Integrado de Libros Contables de Impuestos Especiales (SILICIE), FIDE ofrece un programa formativo sobre su funcionamiento y sus consecuencias tributarias.
La formación continua de personas que desempeñan funciones relacionadas con las obligaciones normativas relativas a los Impuestos Especiales es fundamental. Es por ello que FIDE ofrece un curso de formación in Company con el siguiente programa:
1. La obligación de llevar contabilidad a través de la Sede Electrónica: sujetos obligados y plazos.
2. Las diferentes formas de contabilidad por Sede Electrónica: el formulario, servicio Web y la importación de ficheros.
3. Obligaciones previas
4. Dificultades en su aplicación práctica
5. Incidencias y efectos tributarios |
|
|
|
NOS PREGUNTAMOS POR QUÉ... |
... LA AUTORIZACIÓN DEL CAE ES INDEFINIDA? |
|
|
|
ANÁLISIS NORMATIVO |
|
El nuevo sistema de contabilidad en los Impuestos Especiales |
En los IIEE, de imposición selectiva y con un objeto imponible que se fundamenta en la realización de un hecho físico, las magnitudes expresadas en unidades monetarias, en principio, carecerán de toda consideración. Por consiguiente, si se desea conocer en cada instante el volumen de productos fabricados, almacenados o importados expresados en unidades físicas será inevitable que el sistema contable esté basado en unidades físicas y no monetarias.
Por esta razón, el apartado 1 del artículo 50 del RIIEE, instituye el tipo de contabilidad de los establecimientos al señalar que “con independencia de las obligaciones contables establecidas por las normas mercantiles y otras normas fiscales, los titulares de los establecimientos afectados por la normativa de los IIEE deberán llevar una contabilidad de los productos objeto de dichos impuestos”. |
|
|
|
JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA |
|
Entrega de bienes a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido |
Consulta vinculante sobre el tratamiento de las operaciones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. La consultante es una empresa alemana, no establecida en el territorio español de aplicación del Impuesto, que envía mercancías a los almacenes de su cliente, establecido en dicho territorio para asegurar un stock mínimo (contrato de existencias en consigna o reserva). El cliente adquiere la posesión de las mercancías desde la recepción asumiendo los riesgos de las mismas (el cliente está obligado a asegurar por su cuenta los bienes del almacén contra daños, perjuicios y pérdidas en casos fortuitos). El contrato de compraventa se perfecciona por la venta y retirada de las mercancías por parte del cliente para su utilización. |
|
|
|
|
Exención del IVA |
Consulta vinculante de una sociedad mercantil dedicada a la elaboración de conservas que pretende introducirse en el mercado brasileño. A estos efectos transmite a otra entidad establecida en el territorio de aplicación del impuesto, una partida de conservas que a su vez transmitirá a sus clientes brasileños.
La primera de las ventas se efectúa en condiciones FOB de forma que la entidad consultante asume el coste del transporte de los bienes hasta el puerto español en el que se embarcan así como el coste del depósito hasta el embarque.
Posteriormente la sociedad transportará los bienes hasta Brasil.
Se plantea si en la operación de venta de la consultante a la primera adquirente sería de aplicación la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido prevista en el artículo 21 de la Ley 37/1992.> |
|
|
|
|
IRPF: operación de reducción de capital social |
Consulta vinculante de una sociedad no cotizada con dos socios que realiza una operación de reducción de capital social con devolución de aportaciones y amortización de acciones de ambos, dando lugar a la amortización total de las acciones de uno de los socios. Meses después de la reducción de capital, el otro socio procede a la venta de sus acciones de la sociedad.
Se plantea la tributación en los socios de la referida reducción de capital social con devolución de aportaciones. Asimismo, cuál es el valor de transmisión a considerar en la venta de las acciones por uno de los socios. |
|
|
|
|
Solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del IVMDH
|
Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo la resolución de 27 de abril de 2018 del TEAR de Madrid por la que se desestima la reclamación económico-administrativa 28-16234-2015 interpuesta contra la desestimación de la solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos presentada en relación con el IVMDH.
El TEAR desestima la reclamación porque consta que con anterioridad a la presentación de la devolución de ingresos indebidos objeto de la reclamación el 27 de febrero de 2015 la entidad recurrente había presentado otra reclamación anterior el 20 de octubre de 2009 solicitando la devolución de las cuotas abonadas entre el 3T 2005 y el 2T 2009, que fue desestimada por resolución de diciembre de 2009, recurrida ante el TEAC que también desestimó la reclamación económico-administrativa por resolución de 25 de octubre de 2011, y ésta no fue objeto de impugnación en vía judicial. |
|
|
|
|
|
IVA a la Importación |
Sentencia contra el acuerdo de liquidación dictado por la Dependencia Provincial de Aduanas e Impuestos Especiales de Madrid por el concepto de "IVA a la Importación" . Se anula dicha resolución en su integridad, con devolución de las cantidades indebidamente ingresadas con intereses de demora, y deducción en su caso del IVA soportado. |
|
|
|
ACTUALIDAD |
|
|
FIDE ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS |
|
Contacto |
|
|
Despacho de Economistas y Juristas especializado en el asesoramiento integral del Derecho de Empresa. Nuestro equipo está integrado por abogados y economistas con una amplia y dilatada experiencia profesional, tanto en la Administración Pública como en el Sector Privado. Ofrecemos a nuestros clientes una colaboración enormemente profesional y personalizada combinando el asesoramiento tributario con el ejercicio de la abogacía extrajudicial.
Si no desea recibir el newsletter de Fide Asesores Legales y Tributarios puede darse de baja mandando un mail a fide@fide.es |
|
Tel. 902 350 340
Web: www.fide.es
Rambla Catalunya 38, 7ª Planta 08007 Barcelona
Calle Alcalá 87, 5ª Planta Derecha 28009, Madrid
fide@fide.es
|
|
|
|
|