El gobierno aprueba un marco legal atractivo para fomentar el fracking en España

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BREVES COMENTARIOS ACERCA DE LA REGULACIÓN LEGAL DEL FRACKING EN EL ANTEPROYECTO DE REFORMA DE LEY DE HIDROCARBUROS 

La técnica de extracción de hidrocarburos mediante la inyección de agua a presión en el subsuelo es el innovador método de obtención de hidrocarburos en base al cual países como EE.UU. han conseguido reducir su dependencia energética exterior.

Recientemente, en España se aprobó por el Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. Entre las reformas introducidas por el citado Anteproyecto, aún pendiente de desarrollo y tramitación parlamentaria, destaca el establecimiento de un marco legal atractivo para fomentar la práctica de la fracturación hidráulica en nuestro territorio. No obstante, la práctica del fracking ya se introdujo en nuestra normativa por la disposición final segunda de la Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares la cual declaró la posibilidad de practicar en nuestro territorio métodos geofísicos y geoquímicos de prospección, perforación de sondeos verticales o desviados con eventual aplicación de técnicas habituales en la industria, entre ellas, la fracturación hidráulica.

El Gobierno subraya la importancia que tiene para nuestro país la obtención de hidrocarburos cuyo grado de autoabastecimiento se limita al 0,69%  en petróleo y 0,19% en gas, de acuerdo con el informe anual publicado por la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos. Estos escasos porcentajes no hacen más que ahondar en la deficitaria balanza comercial del país obligando a España a importar hidrocarburos para satisfacer su demanda energética.

Sin embargo, la técnica del fracking no ha sido acogida con buenos ojos por las Comunidades Autónomas. Cabe resaltar que Cantabria, La Rioja, Navarra y Cataluña promovieron distintas iniciativas legales con el fin de prohibir el fracking en su territorio. No obstante, dichas normas autonómicas han sido anuladas o suspendidas temporalmente por el Tribunal Constitucional por invasión de competencias exclusivas del Estado, previo recurso del Gobierno.

Así pues, el Anteproyecto aprobado es un guiño a los gobiernos autonómicos ya que se introducen importantes novedades tributarias en materia de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos. A falta de su concreción legal, se ha anunciado la intención de gravar la extracción de hidrocarburos en nuestro territorio con un impuesto cuyo tipo impositivo rondará el 8%. Parte de la recaudación del nuevo tributo se destinará a las Comunidades Autónomas y Entidades locales donde se encuentre el yacimiento petrolífero. Además, se contempla compensar a los propietarios de los terrenos con un 1% del valor de la producción anual obtenida durante la explotación. Todo ello, acompañado de la modificación de los cánones de superficie existentes y la creación de nuevos para realizar sondeos y pruebas sísmicas. Finalmente, no se introducen grandes cambios en el procedimiento de solicitud de investigación, al contrario que si ocurre con la concesión de explotación. Dichos permisos son otorgados por la Administración competente, previa constitución de una garantía, por un período de seis años prorrogables a tres más para investigar la existencia de hidrocarburos. Cabe destacar que aunque las prospecciones en Canarias han tenido un importante eco, no son las únicas. Actualmente, el Ministerio de Industria tiene registradas 127 peticiones de exploración de yacimientos petrolíferos, cifra que se encuentra en constante aumento.