La armonización del Código de Actividad y Establecimiento (CAE)

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En España, el número CAE es asignado a cada establecimiento autorizado a operar con producto sujeto a Impuestos Especiales.




Dentro del sistema EMCS de circulación intracomunitaria e interna en régimen suspensivo de II.EE, el expedidor debe cumplimentar un documento administrativo electrónico (e-DA) para amparar la circulación de mercancías sujetas a II.EE con el aplazamiento del devengo a una fase ulterior o que circulen en el ámbito interno con exención o a tipo reducido (el caso de alcohol desnaturalizado o gasóleo bonificado).
Lo que a grandes rasgos parece un sistema moderno y totalmente informatizado que sirve eficientemente para monitorizar los volúmenes de producto entre establecimientos sujetos a un impuesto de tipos específicos, implica grandes dificultades para expedidores poco bregados a un sistema rígido y formalista cuya propia normativa desdibuja la finalidad por la cual fue creado: facilitar la libre circulación de mercancías a nivel comunitario, manteniendo por parte de la Administración un control a tiempo real de la misma.

A pesar de la Guía de Cumplimentación EMCS que facilita la comprensión y la cumplimentación de los modelos, el desarrollo reglamentario de un impuesto armonizado a nivel europeo ha dado lugar a la aparición de diferentes normas internas que confunden a las compañías que operan en el sector.

Una de ellas es el Código de Actividad y Establecimiento (CAE), definido en nuestro ordenamiento jurídico en el artículo 41 del Reglamento de Impuestos Especiales como aquel código que identifica una determinada actividad y el establecimiento donde se ejerce en el ámbito de los impuestos especiales.

A raíz de la armonización comunitaria, el RIE dispone que el CAE consta de 13 caracteres distribuidos de la forma siguiente:

  1. a) Las dos primeras letras sirven para identificar el país (ES para España, FR para Francia, IT para Italia, etc.)
  2. b) Le siguen tres números 0 que corresponden a los tercero, cuarto y quinto.
  3. c) Los caracteres sexto y séptimo identifican a la oficina gestora en que se efectúa la inscripción en el registro territorial (08 Barcelona, 28 Madrid, etc.)
  4. d) Los caracteres octavo y noveno identifican la actividad que se desarrolla en el establecimiento en cuestión. Las claves de actividad se recogen en el anexo XLII de la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, junto con las modificaciones introducidas en la Orden HAP/2456/2013, de 27 de diciembre. Nombrar a modo ilustrativo la clave A1 para fábricas de alcohol, H7 para depósitos fiscales de hidrocarburos o HZ para detallistas de hidrocarburos.
  5. e) Los caracteres décimo, undécimo y duodécimo expresarán el número secuencial de inscripción, dentro de cada actividad, en el Registro territorial de la oficina gestora a que se refiere la letra c).
  6. f) El carácter decimotercero será una letra de control.

En España, el número CAE es asignado a cada establecimiento autorizado a operar con producto sujeto a II.EE. No obstante, en otros países de nuestro entorno, como por ejemplo Francia, la Administración asigna un número CAE propio para la compañía, que hace las funciones de NIF a efectos de II.EE y otro código para cada establecimiento que disponga la compañía. Así, a la hora de cumplimentar un e-DA con destino a un establecimiento autorizado en España, el expedidor deberá indicar como destinatario y lugar de entrega el mismo número CAE, puesto que la compañía establecida en España no dispone de un código propio. No obstante, si se expide producto a un cliente francés, el expedidor español deberá distinguir entre destinatario (código CAE de la empresa) y lugar de entrega (Código CAE del establecimiento donde se expide el producto).

En este sentido, no existe una lista pública de CAE’s donde el contribuyente pueda consultar en cualquier momento los códigos que tiene una compañía, sino únicamente se ha establecido un fichero comunitaria de verificación (“SEED”) en el cual se puede comprobar si un determinado número CAE es correcto y a qué actividad está autorizado su poseedor.