LA SENTENCIA, NO OBSTANTE, NO TIENE EFECTOS PRÁCTICOS
El Tribunal Constitucional, mediante Sentencia de 8 de junio de 2017, declara la inconstitucionalidad de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, a través de la cual se aprobó una Amnistía Fiscal que inicialmente permitía a los contribuyentes regularizar las rentas de no declaradas por medio de una declaración tributaria especial e ingresando la cuantía resultante de aplicar al importe o valor de adquisición de los bienes o derechos el porcentaje del 10 por ciento, sin ser exigibles sanciones, intereses ni recargo alguno.
El TC ha interpretado que la introducción de una medida tributaria de tal importancia y relevancia para nuestro sistema fiscal por medio de un Decreto-Ley es inconstitucional y nula, en tanto la Constitución Española limita la utilización de este instrumento legislativo a casos de extraordinaria y urgente necesidad.
No obstante, esta sentencia no tiene efectos prácticos puesto que declara que no son susceptibles de ser revisadas las situaciones que hubieran alcanzado firmeza, por exigencia del principio de seguridad jurídica.
31 May '24 |
Tribunal Supremo, Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia Nº 659/2024, de 17 de abril de 2024. Se interpone recurso de casación contra sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso interpuesto contra el recurso de Alzada dictado por el TEAC formulado contras resoluciones del TEAR de Aragón, relacionados con la negativa de inscripción de la sociedad mercantil recurrente en el Registro Territorial de Impuestos Especiales de las instalaciones de su titularidad.
Se plantea como cuestión de interés casacional para la formación de jurisprudencia, el determinar cómo deb...