Posibilidad de que los efectos de una decisión de la autoridad reguladora, que actúa en su calidad de organismo competente para la resolución de conflictos, a la que se refiere el artículo 41, apartado 11, de dicha Directiva, se extiendan a la situación existente entre las partes con anterioridad al origen del litigio de que conoce esta autoridad, en particular en el caso de un contrato de transporte de gas natural, obligando a una de las partes en el litigio a modificar dicho contrato para que sea conforme al Derecho de la Unión durante todo el período contractual.
28 Jun '24 |
Dirección General de Tributos, Secretaría General de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente, Consultas Vinculantes V0863-24 y V0880-24, de 23 de abril de 2024. Se trata de dos consultantes, con supuestos similares: Compran carburantes y lubricantes, para luego vender ese producto a gasolineras, gasocentros y a sus entidades asociadas a una de las consultantes –asociación consultora de empresas comercializadoras de carburantes-. Para llevar a cabo dicha actividad, se encuentran inscritas en el epígrafe 616.5 del IAE, “Comercio al por mayor de petróleo”, no siendo titulares ni de depósitos ni de almacenes ...