Solicitud de aplazamientos PYMES y autónomos

Instrucciones Provisionales para solicitar aplazamientos de acuerdo con las reglas de facilitación de liquidez para pymes y autónomos.




[ACTUALIZACIÓN] En fecha 06 de abril de 2020 la Agencia Tributaria publicó la versión definitiva de estas Instrucciones (más información aquí)

La Agencia Tributaria ha publicado Instrucciones Provisionales para solicitar aplazamientos de acuerdo con las reglas de facilitación de liquidez para pymes y autónomos contemplada en el Real Decreto-ley 7/2020 de 12 de marzo.

Para poder acogerse a la solicitud de aplazamiento, el deudor debe cumplir el requisito de ser persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019. Este aplazamiento tendrá un plazo de seis meses, no generando intereses durante los primeros tres meses del aplazamiento (más información aquí).

El mecanismo es el habitual, pero se deben seguir los pasos contenidos en las instrucciones. Se adjuntan las referidas instrucciones elaboradas por la Agencia Tributaria.