Un representante aduanero formaliza el DUA para vincular una mercancía al régimen de explotación con ocasión de su salida del territorio de aplicación del impuesto a un país tercero. Los bienes los entrega el fabricante español a una entidad sita en territorio de aplicación del impuesto, la cual los revende a un país tercero. El transporte no está vinculado con la primera de las entregas, siendo el primer adquirente de los bienes al que corresponde la condición de exportador y, por tanto, la entrega efectuada por el fabricante español a favor del primer adquirente estará sujeta y no exenta del IVA.
31 May '24 |
Tribunal Supremo, Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia Nº 650/2024, de 17 de abril de 2024 Recurso de casación, interpuesto por la Administración General del Estado contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que estimó el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la obligada tributaria –entidad bancaria-, contra la resolución dictada por el TEAC, por la que se estimaban en parte las reclamaciones económicas-administrativas contra liquidación derivada de acta en disconformidad por concepto del IVA del ejercicio 2007, por cuantía de 1.087.19,52 euros; y contra liquid...