Establecimiento principal incluido en un grupo a efectos del IVA del que no forma parte la sucursal

Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Séptima, Sentencia de 11 de marzo de 2021, C-812/2019




Resolución de cuestión prejudicial, planteada por el Tribunal Supremo de lo Contencioso Administrativo de Suecia, relacionada con una sociedad con establecimiento principal en Dinamarca y con sucursal en Suecia, siendo que el establecimiento principal forma parte del grupo a efectos del IVA, pero no así la sucursal sueca.

El TJUE resuelve que, a efectos del IVA, el establecimiento principal de una sociedad, situado en un Estado miembro y que forma parte de un grupo a efectos del IVA constituido sobre la base del artículo 11 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del IVA, y la sucursal de esa sociedad, establecida en otro Estado miembro, deben considerarse sujetos pasivos distintos cuando ese establecimiento principal presta a dicha sucursal servicios cuyo costes le imputa.