Tribunal Constitucional anula la forma de determinar la plusvalía




El Tribunal Constitucional dicta sentencia mediante la cual considera que son inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.

La sentencia cuenta con un voto particular concurrente y de dos votos discrepantes. En los próximos días se publicará el texto íntegro la sentencia y los votos particulares junto con una nota de prensa más amplia.