Reglamento de ejecución de certificado de exención de IVA y de II.EE.

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REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/432 DEL CONSEJO, de 15 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 282/2011 en lo que respecta al certificado de exención del IVA y/o de los impuestos especiales.




El certificado de exención del IVA y/o de los impuestos especiales establecido en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 282/2011 del Consejo  (en lo sucesivo, «certificado») sirve para confirmar que una operación puede acogerse a la exención del IVA o de los impuestos especiales en virtud del artículo 151 de la Directiva 2006/112/CE. Procede modificar el certificado para que los Estados miembros puedan aplicar de manera uniforme la nueva exención del IVA con respecto al esfuerzo de defensa emprendido en el marco de la Unión y las nuevas exenciones del IVA con respecto a las medidas adoptadas a escala de la Unión en respuesta a la pandemia de COVID-19.

Por lo que respecta a la nueva exención del IVA aplicable al esfuerzo de defensa emprendido en el marco de la Unión, procede modificar el certificado para que incluya como organismo beneficiario a la Comisión o a cualquier órgano u organismo creado con arreglo al Derecho de la Unión, en caso de que la Comisión o dicho órgano u organismo ejerza sus funciones en respuesta a la pandemia de COVID-19, así como a las fuerzas armadas de un Estado miembro que participen en una actividad de la Unión en el marco de la política común de seguridad y defensa (PCSD). A tal fin, y en consonancia con la fecha de aplicación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesaria para el cumplimiento por los Estados miembros de la Directiva (UE) 2019/2235, procede modificar el certificado con efecto a partir del 1 de julio de 2022.