Efecto de las operaciones intracomunitarias en régimen especial simplificado

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Consulta vinculante Nº V1153-22, de 26 de mayo de 2022, Secretaría General de Impuestos sobre el Consumo.




La consulta se basa en determinar el efecto de las operaciones intracomunitarias al encontrarse en el régimen especial simplificado del Impuesto, y si es correcto no reflejar en el modelo 303, el importe no deducible de las cuotas que se repercute por inversión del sujeto pasivo, así como si tiene la obligación de presentar la declaración informativa de operaciones intracomunitarias -modelo 349-.

En este caso, la consultante es una entidad mercantil que se encuentra dada de alta como operador intracomunitario y tributa por el régimen especial simplificado del IVA, y ha realizado operaciones con una empresa holandesa de reservas de transporte en línea, tributando en el territorio de aplicación del Impuesto por la regla de inversión del sujeto pasivo.

La DGT infiere que se trata de prestaciones de servicios y no de entrega de bienes, con lo cual la consultante puede optar por incluir las operaciones objeto de consulta en la declaración correspondiente al trimestre de su devengo, o bien en la correspondiente al último período de liquidación del ejercicio, quedando así garantizado la neutralidad del IVA en cuanto a las operaciones intracomunitarias realizadas por la consultante dentro del régimen simplificado; y en relación al modelo 349, está obligada a la presentación de dicho modelo, por cuanto la consultante ha recibido prestaciones de servicios por parte de un empresario establecido en otro EM de la UE que, de acuerdo al artículo 79 del Reglamento del IVA, es considerado como adquisiciones intracomunitarias de servicios.