Reforma Ley Concursal

Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).




El pasado 06 de septiembre, se publicó en el BOE Nº 214, la reforma efectuada a la Ley Concursal, con la finalidad de efectuar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019.

La reforma efectuada a la Ley, contempla la realizada en varios de sus Libros. Así, en el Libro Primero se incluye como novedad una exoneración del pasivo insatisfecho, donde el deudor podrá optar entre una exoneración inmediata o una mediante plan de pagos; de igual modo, se reduce de cinco a tres años la duración del plan de pagos del deudor. En el Libro Segundo, relacionado con el derecho preconcursal,  se establece, entre otras, la probabilidad de insolvencia del deudor que no podrá cumplir las obligaciones que venzan en los próximos dos años, así como ciertas especialidades de deudores, que no alcancen determinados umbrales. Se añade un nuevo Libro Tercero, donde se regulará el procedimiento para las microempresas; y, por último, el novedoso Libro Cuarto, que prevé normas de Derecho Internacional Privado.

Estas modificaciones entraron en vigor el pasado 26 de septiembre, a excepción del Libro Tercero, que comenzaran a regir a partir del 01 de enero de 2023.