Novedades en el sistema de envíos garantizados

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En fecha 12 de febrero de 2023 se ha publicado en la página web de la Agencia Tributaria, que a partir del 13 de febrero arranca la nueva Fase-4 del EMCS intracomunitario y se incluyen los movimientos intracomunitarios de productos sujetos a Impuestos Especiales de fabricación realizados fuera del régimen suspensivo, mediante el sistema de envíos garantizados.

El Reglamento (UE) 389/2012 del Consejo de 2 de mayo de 2012 sobre cooperación administrativa en el ámbito de los impuestos especiales y por el que se deroga el Reglamento (CE) 2073/2004, (en redacción del Reglamento (UE) 2020/261 del Consejo de 19 de diciembre de 2019), en su artículo 19.1 a), exige que cada Estado miembro debe mantener una base electrónica de datos que debe contener un registro de los operadores económicos que pertenezcan a la categoría de expedidores certificados y destinatarios certificados. De este modo, los expedidores y destinatarios certificados habituales pueden solicitar la inscripción en el registro territorial de la Oficina Gestora de Impuestos Especiales donde radique su domicilio fiscal.

El Reglamento Delegado (UE) 2022/1636 de la Comisión de 5 de julio de 2022 por el que se completa la Directiva (UE) 2020/262 del Consejo regula, a nivel comunitario en relación con los envíos garantizados, los requisitos relativos a los mensajes intercambiados a través del sistema informatizado, el borrador de documento administrativo electrónico simplificado, los mensajes de modificación de destino y de finalización de la circulación y los documentos de emergencia.

Es decir, el documento que amparará la circulación intracomunitaria de los productos sujetos a los impuestos especiales de fabricación fuera del régimen suspensivo, será el documento administrativo electrónico simplificado mediante el sistema EMCS, y a partir del 13 de febrero no se admitirán nuevas declaraciones del Modelo 503.