Acumulación de sanciones

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Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sentencia Sala Primera, de 04 de mayo de 2023, Asunto Nº C-97/21.




El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Blagoevgrad - Bulgaria, plantea cuestiones prejudiciales, en virtud que a la recurrente en el litigio principal, procedió a la venta de una cajetilla de cigarrillos sin expedir el respectivo comprobante fiscal de caja, razón por la cual se procedió al levantamiento de la correspondiente acta de infracción administrativa, adoptando la medida coercitiva de precintado del local comercial

El Tribunal remitente señala que las normas procesales búlgaras no prevén la posibilidad de suspender un procedimiento hasta la conclusión del otro, de manera que no existe un mecanismo de coordinación que permita garantizar el cumplimiento del requisito de proporcionalidad en relación con la gravedad de la infracción cometida. De este modo, el régimen contenido en los artículos 185 y 186 de la Ley del IVA no responde, en su opinión, a los criterios establecidos en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, en particular en la sentencia de 20 de marzo de 2018, Menci (C‑524/15, EU:C:2018:197).

El TJUE responde las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal, declarando que el artículo 273 de la Directiva del IVA y el artículo 50 de la CDFUE, deben interpretarse en el sentido de se oponen a una normativa nacional en virtud de la cual puede imponerse a un contribuyente, por una misma infracción de una obligación tributaria y al término de procedimientos distintos y autónomos, una medida sancionadora pecuniaria y una medida de precintado de un local comercial, que pueden ser objeto de recurso ante tribunales diferentes, cuando dicha normativa no asegure una coordinación de los procedimientos que permita reducir a lo estrictamente necesario la carga adicional que supone la acumulación de dichas medidas y no permita garantizar que la gravedad del conjunto de las sanciones impuestas se corresponda a la gravedad de la infracción de que se trate.