Precio del tabaco crudo

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Décima, de 04 de mayo de 2023, asunto Nº C-99/22.




Se plantea cuestión prejudicial por parte del Consejo de Estado de Grecia, que tiene por objeto la interpretación del artículo 3.3 del Reglamento 2062/92, en virtud que en litigio principal se trataba la anulación de una resolución adoptada por la Oficina Nacional del Tabaco de Grecia, con arreglo al mencionado Reglamento, por la que se exigía el reembolso de una prima por parte de la mencionada sociedad, al considerar que había sido abonada indebidamente.

En virtud de lo anterior, el tribunal remitente se plantea si cuando la calidad de tabaco en hoja, de calidad inferior, es comprada por un transformador y esa calidad rebasa el porcentaje que señala e anexo IV del referido Reglamento y respecto a la cantidad total adquirida de la variedad de que se trate, debe reducirse en un 30% la prima para la cantidad que sobrepase el porcentaje en cuestión.

El TJUE sentencia que a través del recurso interpuesto, no se ha puesto de manifiesto ningún elemento que pueda afectar el artículo 3.3 del Reglamento 2062/92, por el que se fijan, para la cosecha de 1992, los precios de objetivo, los precios de intervención y las primas concedidas a los compradores de tabaco en hoja, los precios de intervención derivados del tabaco embalado, las calidades de referencia, así como las zonas de producción, a la luz de los principios de irretroactividad de las normas jurídicas y de protección de la confianza legítima.