No concesión de franquicias al depositario autorizado

Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sentencia Sala Décima, de 07 de septiembre de 2023, Asunto Nº C-323/22.




El Tribunal Supremo de Casación de Italia, plantea al TJUE cuestión prejudicial, relacionada con la interpretación que debe dársele al artículo 14.1 de la Directiva 92/12, en cuanto a la salida irregular de un producto sujeto a impuestos especiales, y si por ello la responsabilidad del depositario garante del pago del impuesto es objetiva, sin posibilidad alguna de eximirse de la obligación y del pago de los importes de las sanciones correspondientes.

Tal planteamiento lo hace el Tribunal, en virtud del litigio existente entre una sociedad de almacenamiento y transporte de productos petrolíferos y la Agencia de Aduanas y Monopolios de Italia, relacionada con la recaudación de los impuestos especiales adeudados por una sociedad mercantil quien, presuntamente, infringió el régimen suspensivo de la circulación de hidrocarburos.

El TJUE responde al Tribunal remitente, señalando que el artículo de la Directiva debe interpretarse en el sentido de que  la franquicia del impuesto que establece no se aplica al depositario, responsable del pago del impuesto, en caso de salida del régimen suspensivo debida a un hecho ilícito, aun cuando el depositario sea totalmente ajeno a ese hecho ilícito, imputable exclusivamente a un tercero, y albergue una confianza legítima en que el producto circula de forma regular en régimen suspensivo.