En fecha 27 de diciembre de 2023, se publica el BOE número 309, la Orden TED/1376/2023, de 20 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos correspondientes al ejercicio 2024.
Estableciéndose que los sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos abonarán, a CORES, las siguientes cuotas durante el año 2024:
a) Gasolinas auto y aviación: 0,0844 euros por metro cúbico vendido o consumido, y por día de existencias mantenido por la Corporación por cuenta del sujeto obligado.
b) Gasóleos de automoción, otros gasóleos, querosenos de aviación y otros querosenos: 0,0905 euros por metro cúbico vendido o consumido, y por día de existencias mantenido por la Corporación por cuenta del sujeto obligado.
c) Fuelóleos: 0,1086 euros por tonelada métrica vendida o consumida, y por día de existencias mantenido por la Corporación por cuenta del sujeto obligado.
Mientras que los sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de gases licuados del petróleo, y los obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de gas natural y a la diversificación del suministro de gas natural, abonarán a CORES las siguientes cuotas para el año 2024:
a) Gases licuados del petróleo: 0,11 euros por tonelada métrica vendida o consumida.
b) Gas natural: 4,20 euros por gigavatio hora de ventas o consumos firmes.
Para más información, se adjunta el BOE que contiene la Orden a la cual se hace referencia.