Reservas petrolíferas: ¿son obligatorias para todos los productos?

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Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sentencia Sala Tercera, de 30 de abril de 2024, Asuntos acumulados Nº C-395/22 y 428/22.




El Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Varna – Bulgaria, plantea peticiones de decisión prejudicial relacionadas con las obligaciones que pueden imponérsele a un operador económico que importa un determinado producto petrolífero y cuál sería el alcance de dicha obligación.

Tales cuestiones se plantean en virtud que una de las demandantes del litigio principal, declaró en Bulgaria adquisiciones intracomunitarias de 89,6 toneladas de aceites lubricantes destinados a la venta, durante 2020; y la otra demandante declaró haber importado 34.657,39 toneladas de coque de petróleo, los cuales se utilizaron para la producción de cementos no pulverizados –o «clinkers»-. A raíz de estas actividades, la Agencia Estatal de Reservas del Estado y Provisiones de Guerra de Bulgaria, dictó órdenes en las que se indicaba que ambas sociedades mercantiles debían tener reservas de emergencia de fuelóleo pesado, en virtud de la normativa búlgara que prevé la constitución de tales reservas en el caso del petróleo y de otros cuatros productos petrolíferos, entre los que figura el fuelóleo pesado.

El TJUE responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo, indicando que la Directiva 2009/119, debe ser interpretada en el sentido de que los Estados miembros no están en la obligación de mantener reservas de emergencia de todas las categorías de productos energéticos, sino únicamente de algunas de esas categorías; de igual modo, declara que no es contraria a dicha Directiva, aquella normativa interna que prevea la obligación para un operador económico que haya importado productos energéticos determinados, de mantener reservas de emergencia; y ese mismo operador podrá ser impuesto de tal obligación, sobre un producto comprendido en otra categoría, aún cuando no lo haya utilizado para realizar su actividad económica.