... EL PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE 2018
Mediante Resolución de 8 de enero de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018. Recoge los objetivos estratégicos fundamentales y permanentes de la prevención y lucha contra el fraude fiscal.
En el ámbito de los impuestos especiales, nada nuevo bajo el sol. Se señala que se continuará haciendo especial hincapié a controles en relación con los productos en régimen suspensivo, exento y a tipo reducido. En concreto, se menciona el control del gasóleo bonificado como uno de los ámbitos en los que la Administración tributaria reforzará sus actuaciones.
Por otro lado, destacamos el control que pretende realizar la AEAT sobre las tramas activas en el sector de hidrocarburos, con el fin de evitar el abuso del régimen exento de IVA que goza las transacciones en régimen suspensivo del Impuesto Especial. En concreto, se prestará también especial atención a la correlación entre el IVA e Impuesto Especial, con el objeto de evitar desvíos del régimen suspensivo de posibles ventas no declaradas.
Sin embargo, el plan de control no menciona ninguna actuación específica en el ámbito del impuesto sobre el alcohol y bebidas alcohólicas. En este sentido el impuesto sobre el alcohol ha adquirido en nuestro sistema tributario una especial importancia, derivada del número importante de sujetos pasivos afectados por el tributo, así como, del producto que se pretende gravar. Recordemos que el impuesto se configura atendiendo a una finalidad extrafiscal como instrumento de las políticas sanitarias. Este hecho no debería traducirse únicamente en la subida sistemática, año a año, del impuesto con el fin de desincentivar (o recaudar) el consumo de dichos productos. Es más, el control tributario debería focalizarse también en las tramas fraudulentas de alcohol puestas a la venta en el mercado secundario, puesto que al fin y al cabo, dichos productos son finalmente vendidos y consumidos, con el correspondiente riesgo que ello implica.
29 Feb '24 |
En fecha 20 de febrero de 2024, se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/635 de la Comisión, de 2 de febrero de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 en lo que respecta a los medios de prueba del estatuto aduanero de mercancías de la Unión y a determinadas disposiciones relativas a los regímenes de tránsito de la Unión.
La modificación de este Reglamento de Ejecución, obedece a la mejor adaptación de las necesidades de los operadores económicos y las autoridades aduaneras y para tener en cuenta el paso de la utilización de documentos en papel a la utilización de...