La norma pretende contribuir a una lucha más eficaz contra toda clase de comercio ilícito de productos del tabaco, mejorar el funcionamiento del mercado interior europeo y evitar las
graves repercusiones que este genera (de carácter sanitario, tributario, sobre el mercado, etc.)
28 Jun '24 |
Dirección General de Tributos, Secretaría General de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente, Consulta Vinculante V0616-24, de 09 de abril de 2024. Se eleva consulta a la Dirección General de Tributos (DGT), relacionada con la intención que posee el consultante de comercializar en España un producto consistente en sticks calentados a base de hierbas, sin tabaco, con un contenido de 1,6% de nicotina, los cuales se consumen mediante su calentamiento, sin combustión ni emisión de humo. Al ser un producto que no contiene tabaco en su composición, sino que son múltiples hierbas, pulpa de madera y plantas solu...