Aplazamiento en la implantación de los nuevos modelos de precintas fiscales

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Se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Hacienda un Proyecto de Orden, por el cual se pretende modificar la Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.




En fecha 14 de mayo se publicó en el Portal Institucional del Ministerio de Hacienda un Proyecto de Orden, por el cual se pretende modificar la Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.

Recientemente se publicaba la Orden HAC/1271/2019, que suponía la actualización del diseño y funcionamiento de las marcas fiscales de las bebidas derivadas. Además, se disponía la declaración de existencias de precintas de los modelos anteriores antes del 31 de octubre de 2020, y su destrucción antes del 31 de diciembre de 2020. Finalmente, se limitaba a los primeros meses de 2020 la continuación su adhesión, y se mantenía la vigencia de las adheridas hasta el 01 de enero de 2022. (Más información aquí).

La implantación de las nuevas medidas en relación a las marcas fiscales se ha visto afectada por la situación actual marcada por la crisis sanitaria causada por la COVID-19, que no solo golpea gravemente los establecimientos sujetos al Impuesto Especial sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, sino que también ha supuesto una ralentización de la actividad de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, encargada de la fabricación y distribución de las nuevas marcas fiscales aprobadas.

El Proyecto de Orden supone aplazar la declaración de existencia de precintas y su destrucción. En este sentido, se dispone hasta el 31 de enero de 2021 para proceder a la declaración de las existencias de las precintas fiscales sin adherir de los modelos E4, E5, P3, P4, P5, P6, P7, P8, G3, G4 y G5. Tras su declaración, y en todo caso antes del 30 de marzo de 2021, se deberá hacer entrega de éstas a los Servicios de Intervención para su destrucción.

En contraste con la normativa vigente, el Proyecto de Orden prevé seguir permitiendo la adhesión de los modelos anteriores durante todo el año 2020.

Por lo que respecta a la adhesión de los nuevos modelos, de manera transitoria y hasta el 31 de diciembre de 2020, no se requerirá el cumplimiento de la incorporación de información a la Sede electrónica (aunque podrá suministrarse de manera voluntaria).  En caso de no haberse suministrado, se deberá suministrar con carácter diferido durante los tres primeros meses de 2021.

De aprobarse el proyecto, se mantendrá la validez de las precintas adheridas antes del 01 de enero del 2021, durante su periodo de comercialización, con la fecha límite del 01 de enero de 2023.

Se recuerda que está abierto el plazo para presentar aportaciones al Proyecto, se dispone hasta el 26 de mayo de 2020 para realizarlas a través de correo electrónico a la dirección iiee@correo.aeat.es.

Para más información, se adjunta el referido Proyecto de Orden.