Reanudación y alzamiento de suspensión en plazos y apertura de oficinas AEAT

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A partir del día 26 de mayo de 2020 vuelven a estar abiertas para la atención presencial las oficinas de la Agencia Tributaria situadas en zonas que se encuentren en Fase II.




En fecha 22 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado núm. 145, el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Este Real Decreto supone la prórroga del Estado de alarma hasta el día 07 de junio de 2020.

Entre otras medidas, implica que:

  • A partir del 01 de junio de 2020, se reanuda el cómputo de los plazos administrativos suspendidos.
  • A partir del 04 de junio de 2020:
    • Se alza la suspensión de los plazos procesales.
    • Se alza la suspensión de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones.

Para más información, se adjunta el referido BOE, que contiene el Real Decreto al cual se hace referencia.

Así mismo, la Agencia Tributaria informa que a partir del día 26 de mayo de 2020 vuelven a estar abiertas para la atención presencial las oficinas de la Agencia Tributaria situadas en zonas que se encuentren en Fase II. (Más información aquí)

Únicamente se prestarán servicios de atención al público con cita previa para aquellos considerados servicios esenciales, entro otros los siguientes:

En el ámbito tributario:

  • Registro
  • Acreditación para obtener firma electrónica de la FNMT para persona físicas y jurídicas
  • Registro de apoderamientos
  • Casilla IRPF para obtención de referencia y Cl@vePIN
  • Certificados tributarios
  • IEDMT (Impuesto de matriculación): Presentación modelos 05 y 06
  • Gestión censal: Presentación modelos 036 y 037 e IAE (altas, bajas y modificaciones)
  • Registro de operadores intracomunitarios
  • Obtención de NIF provisional

En el ámbito de Aduanas e II. EE.:

  • Registro
  • Entrega de marcas fiscales
  • Contabilidad: Presentación y entrega avales (normativa aduanera o de Impuestos Especiales)
  • Expedición de certificados de origen, CITES, etc.). Firma cuadernos TIR/ATA. Firma de INF
  • Expedientes de contrabando, abandono, destrucción, etc.
  • Intrastat

A partir del día 25 de mayo de 2020 se podrá solicitar cita previa a través de las vías habituales:

  • Por teléfono, llamando a los números 901 200 351 o 91 290 13 40 en horario de lunes a viernes de 9 a 19 horas.
  • Por Internet.
  • A través de la app de la Agencia Tributaria.
  • En todo caso, las actuaciones relativas a procedimientos de comprobación e investigación que requieran la presencia del obligado tributario o de su representación, se realizarán previa cita en los términos indicados en las comunicaciones remitidas a dichos obligados.