Consulta pública sobre el registro de extractores de depósitos fiscales

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Se regula la formación del registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre, que estará integrado por las personas o entidades, cualquiera que sea su condición, que retiren o extraigan de los depósitos fiscales los productos incluidos en los ámbitos objetivos de los citados Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos




Durante el presente mes, se inició el trámite de audiencia e información pública de dos Proyectos de orden para la formación del Registro de extractores de depósitos fiscales.

Así el Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y otras normas tributarias, se publica el 05 de marzo de 2021, cuyo periodo de presentación de observaciones finaliza el 29 de marzo de 2021.

Con esta Orden, se regula la formación del registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre, que estará integrado por las personas o entidades, cualquiera que sea su condición, que retiren o extraigan de los depósitos fiscales los productos incluidos en los ámbitos objetivos de los citados Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos.

La disposición transitoria única establece que los operadores de hidrocarburos que se encuentren en el listado de operadores al por mayor de productos petrolíferos, se considerarán incluidos en el Registro de extractores de depósitos fiscales en el momento de entrada en vigor de la regulación relativa a dicho Registro.

La entrada en vigor del Registro se prevé a los 20 días de la publicación de la norma en el BOE.

Mientras que el 18 de marzo de 2021 se publica el Proyecto de orden por la que se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y la Orden EHA/3695/2007, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 030 de Declaración censal de alta en el Censo de obligados tributarios, cambio de domicilio y/o variación de datos personales, que pueden utilizar las personas físicas, se determinan el lugar y forma de presentación del mismo y se modifica la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, cuyo periodo de presentación de observaciones finaliza el 13 de abril de 2021.

Esta Orden tiene el objeto de incorporar al modelo 036 la solicitud de inclusión y de baja en el Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos.