¿Cómo reducir la aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética?

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Con la aprobación del Real Decreto por el que se establece el sistema de Certificados de Ahorro Energético se genera la oportunidad de generar ahorro energético de una manera económicamente más eficiente.




Con la aprobación del Real Decreto por el que se establece el sistema de Certificados de Ahorro Energético se genera la oportunidad de generar ahorro energético de una manera económicamente más eficiente. Hasta el momento, el Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE), era el encargado de financiar las actuaciones de ahorro energético necesarias para cubrir con las obligaciones asignadas a España por parte de la Unión Europea. Estas actuaciones se financian con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE), que se nutre de las aportaciones que realizan los principales operadores, de acuerdo con la Ley 18/2014, por la que se crea el sistema nacional de obligaciones de eficiencia energética que asigna a los sujetos obligados una cuota anual de ahorro energético u obligaciones de ahorro.

La alternativa, el sistema de Certificados de Ahorro Energético, permite a los sujetos obligados, certificar la realización de actuaciones de ahorro energético, que por lo tanto contribuyan a que España cumpla con sus objetivos, a cambio de reducir las aportaciones de estos sujetos obligados al FNEE y llevando a cabo actuaciones mucho más eficientes económicamente.

Así, una de las cuestiones que cobra importancia es saber si efectivamente, por medio de la liquidación de Certificados de Ahorro Energético (CAE) se puede conseguir rebajar de manera significativa la aportación al FNEE y si esta actuación es económicamente rentable.

Para determinar si una actuación de mejora de la eficiencia energética por medio de la consecución de un ahorro energético anual es rentable, se debe de comparar su coste con el del equivalente económico de la obligación que tienen los operadores, las aportaciones al FNEE.

Para el año 2023, el proyecto de Orden Ministerial por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética para el año 2023, fija una obligación de ahorro del conjunto del mercado de 2.360,89 GWh, cuyo importe económico equivalente es de 391.384.000,00 euros. Teniendo en cuenta que solo el 40% de esta obligación puede cubrirse mediante la liquidación de CAE, se podrán liquidar durante el 2023 hasta 944.356.000 CAE (1 CAE/kWh de acuerdo con el artículo 8.2 del Real Decreto 36/2023). Por consiguiente el precio máximo que un sujeto obligado estará dispuesto a pagar por un CAE será de 0,16577816 euros/CAE, dado que un precio superior no sería atractivo, en tanto que superaría el importe de la parte correspondiente a su aportación al FNEE.

Así pues, se debe de responder a la cuestión de si existen actuaciones que permitan generar CAE con un coste inferior al calculado.

Diversas pueden ser las actuaciones a adoptar, pero solo serán atractivas aquellas que tengan un coste inferior a 0,166 euros/KWh de ahorro logrado. Por ejemplo, la instalación de una caldera de gasóleo más eficiente, puede suponer un ahorro anual cuantificable, y por ende, certificable.

Supongamos que un determinado sujeto dispone de una caldera doméstica de gasóleo con un consumo anual de 71.173 kWh (las calderas con más años de uso pueden tener consumos superiores). Este sujeto decide cambiar su caldera por una más eficiente, que para un mismo uso tiene un consumo anual inferior, en este caso de 53.372 kWh, y comprarla e instalarla le supone 1.542,00 euros.

En base a los datos anteriores, este sujeto, por medio de la actuación, será propietario de un ahorro anual de 17.801 kWh. En tanto que propietario del ahorro energético conseguido, puede cederlo a un sujeto obligado por medio de un convenio CAE, de acuerdo con el artículo 12.1 RD 36/2023. En el caso en que el sujeto obligado remunera al propietario del ahorro con el total de su inversión, los 1.542,00 euros, será capaz de generar 17.801 CAE cuyo coste habrá sido de 0,087 euros/CAE, por debajo del precio máximo que un sujeto obligado estará dispuesto a pagar por un CAE, de 0,166 euros/CAE.

Puede constatarse, con este sencillo ejemplo, que se pueden llevar a cabo sencillas actuaciones de ahorro energético, o financiarlas, para lograr la certificación de CAE que permitan reducir las aportaciones correspondientes a la obligación de aportación al FNEE. Unas aportaciones que se esperan que vayan incrementándose año a año, habiendo sufrido este año 2023, un incremento del 104,25% (el año 2022 el importe económico equivalente de la obligación fue de 191.620.057,93 euros).

En atención a lo anterior, es de prever que el mercado que se genere entorno a la generación de certificados y su compraventa, fije unos precios inferiores al importe equivalente de la obligación. Y que no todas las actuaciones de ahorro energético serán atractivas para los sujetos obligados, solo aquellas que sean más eficientes económicamente.

En este sentido, las principales entidades financieras ofrecen productos específicos dirigidos a la mejora de la eficiencia energética, por medio del ahorro energético, destinados tanto a particulares como a empresas. Esta financiación va destinada a reducción de pérdida de energía, optimización del rendimiento energético, movilidad sostenible...

También los principales operadores están posicionándose en este nuevo mercado por medio de la creación de productos y servicios, como por ejemplo la creación de plataformas de gestión de eficiencia energética, la realización de auditorías energéticas, la financiación de inversiones, entre otras.

Lo que muestra, que como ya ha pasado en otros Estados miembros de la Unión Europea, de los que Francia es el ejemplo paradigmático, que el mercado del ahorro energético es una oportunidad que en España está cobrando fuerza.