Gestión de residuos del tabaco que contengan plásticos de un solo uso

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En fecha 23 de octubre de 2024, se ha publicado en el BOE Nº 256, el Real Decreto 1093/2024, de 22 de octubre, por el que se regula la gestión de los residuos de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse con productos del tabaco que contengan plástico y que sean de un solo uso.

Este Real Decreto tiene como objeto prevenir y reducir el impacto en el medio ambiente de los residuos procedentes de los productos del tabaco con filtros y de los filtros comercializados para utilizarse en combinación con productos del tabaco, que contengan plástico y sean de un solo uso, especialmente provocado por su pérdida, abandono o incorrecta eliminación. Para ello, se establece el marco jurídico para su gestión, así como las medidas destinadas, como prioridad, a la prevención de la producción de estos residuos y a la mejora de su gestión, con el objeto de contribuir a la transición hacia una economía circular.

Quedarán fuera de la aplicación de esta normativa, los productos fabricados total o parcialmente con plástico y que hayan sido concebidos, diseñados o introducidos en el mercado para ser rellenados o reutilizados con el mismo fin para el que fueron concebidos y los que hayan sido fabricados con polímeros naturales no modificados químicamente.

Con el objeto de disponer de información sobre puesta en el mercado de los productos afectados por esta norma (productos del tabaco con filtros y filtros comercializados para usar con tabaco), este Real Decreto prevé la creación de la sección de filtros del tabaco en el Registro de Productores de Productos, cuya finalidad principal será la de obtener ambos datos.

Para mayor información, se adjunta el BOE que contiene el Real Decreto al que se hace referencia.