Novedades tributarias para hidrocarburos e impuesto sobre líquidos de cigarrillos electrónicos

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El proyecto normativo incorpora la necesidad de prestar garantía a la salida del producto del depósito fiscal, como medida contra el fraude.




El Proyecto de Ley por la que se establece un Impuesto Complementario prosigue su tramitación parlamentaria, modificando su denominación a Proyecto de Ley por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias, e incorporando diversas novedades tributarias.

El proyecto normativo incorpora la necesidad de prestar garantía a la salida del producto del depósito fiscal, como medida contra el fraude. En la misma línea se incorporan dos modificaciones:

  1. Acreditación del pago del impuesto. La circulación de productos amparados por un documento que acredite haber satisfecho el producto en España no acreditará el pago cuando se detecte en el hidrocarburo la presencia de productos distintos de los marcadores o trazadores debidamente autorizados y de componentes admitidos en las especificaciones técnicas, ni cuando el hidrocarburo haya sido adquirido a un operador que no figure en el listado de operadores.
  2. Liquidación de IVA mensual y llevanza de los libros registros del IVA mediante el suministro inmediato de los registros de facturación (SII) para titulares de depósitos fiscales y extractores de depósitos fiscales.

Además, se incorpora un nuevo impuesto a la Ley de Impuestos Especiales (LIIEE), el Impuesto sobre los Líquidos para Cigarrillos Electrónicos y otros Productos relacionados con el Tabaco, cuyo ámbito objetivo está integrado por "los líquidos para cigarrillos electrónicos, las bolsas de nicotina, y otros productos de nicotina distintos de los comprendidos en el ámbito objetivo del Impuesto sobre las Labores del Tabaco, cuando no tengan la consideración de medicamentos".

Para más información, se adjunta el Proyecto de Ley aprobado por el pleno del Congreso de los Diputados, que contiene las medidas a que se hace referencia.