Impuestos Especiales: Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de los hidrocarburos

30 Jun '15  |   ANÁLISIS COMPARATIVO, MEDIDAS TRIBUTARIAS LEY DE HIDROCARBUROS Con la aprobación de la Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre del Sector de Hidrocarburos, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias en relación la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, se introducen nuevos cambios en diferentes ámbitos del sector como: en la actividad de distribuidores al por menor, en el mercado gasista, se establecen nuevas figuras impositivas que gravan la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos y también se establecen medidas no tributarias como consecuencia de la adaptación de la Ley a la nor...
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Nos preguntamos por qué…

29 May '15  |   ...hay que pagar el impuesto de Hidrocarburos cuando el carburante no se consume. Las pérdidas que sufren los carburantes pueden obedecer a razones muy distintas y variadas, pero básicamente son dos, las que surgen por causas naturales, como la evaporación, oxidación, etcétera, y las ocasionadas por causas fortuitas o de fuerza mayor como derrames, fugas, descargas de alivio, incendios, etcétera, La pérdida natural e inevitable que experimentan los hidrocarburos líquidos es la causada por la evaporación[1]. Los hidrocarburos tienen la propiedad de evaporarse incluso a temperaturas bajas como la del ambiente[2]. Esta cualidad se denomina volatilidad y el dato que la define es la presión de...
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Reforma de la Ley de Hidrocarburos

29 May '15  |   ALGUNOS ASPECTOS PROBLEMÁTICOS DE LA NUEVA LEY Con la Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos se incorporan determinadas medidas tributarias y no tributarias relativas a la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos. Varios de los puntos aprobados no quedan nada claros y generan dudas. De entre ellos destacamos los tres siguientes: 1.- LA GARANTÍA DE LOS NUEVOS OPERADORES Primero de todo, en el Preámbulo de la Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, se especifica que, para asegurar la existencia de una capacidad económica por parte ...
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Obligación de las compañías del sector petrolero de publicar sus pagos a administraciones

28 Abr '15  |   EL INFORME DEBERÁ CONTENER EL IMPORTE DE LOS PAGOS REALIZADOS A CADA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Una de las 23 enmiendas introducidas por el PP al proyecto de reforma de la Ley de Auditoría de Cuentas actualmente en trámite parlamentario, obliga a las empresas de exploración, prospección, descubrimiento, desarrollo y extracción de petróleo a informar públicamente de los pagos que realicen a las administraciones públicas con la finalidad de conseguir una mayor transparencia. Todo ello, a efectos de transposición de la directiva comunitaria sobre los estados financieros e informes afines. Este mandato se traduce en un informe que debe ser presentado los seis primeros meses del año que contenga e...
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Conferencia de FIDE sobre el céntimo sanitario: reclamación y devolución del impuesto

27 Abr '15  |   Fide Asesores Legales y Tributarios participa en el X Congreso sobre distribución de Gasóleo en Castilla y León el día 29 de abril. Eduardo Espejo, economista y socio de FIDE Asesores Legales y Tributarios, pronunciará una ponencia sobre la "Situación actual del Impuesto de Ventas Minoristas sobre Determinados Hidrocarburos, reclamaciones y devolución del impuesto" el próximo miércoles 29 de abril en el marco del X Congreso sobre Distribución de Gasóleo que organiza la Federación Regional de Asociaciones de Distribuidores de Gasóleo de Castilla y León. El Congreso se celebra en la Cámara de Comercio e Industria de Valladolid y cuenta con la participación de destacados expertos en el se...
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Los Impuestos Especiales en el gasóleo para uso calefacción

07 Abr '15  |   LA IMPORTANCIA DE LA DECLARACIÓN DE CONSUMIDOR FINAL Aunque para los usuarios del gasóleo para la calefacción, conocido como gasóleo bonificado, no es relevante, las empresas proveedoras de este producto, tienen que tener especial cuidado a la hora de realizar el suministro del mismo, para cumplir las obligaciones y requisitos establecidos por la normativa de los Impuestos Especiales. Este producto, el gasóleo bonificado, se le aplica un tipo impositivo reducido por utilizarlo como carburante en los usos previstos, y en general como combustible. La Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales establece qué motores pueden utilizar el gasóleo bonificado: La utilización del gasó...
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